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2024-10-22

El municipio de Sincelejo emite Acuerdo que concede beneficios tributarios en el municipio. Entérate acá.

El Concejo Municipal de Sincelejo, mediante Acuerdo No. 350 de 2024, concedió algunos beneficios tributarios relacionados con el Impuesto de Industria y Comercio y el Impuesto Predial Unificado que describimos a continuación: 

1.Reducción de 98% en la sanción por no declarar a los contribuyentes del Impuesto de Industria y Comercio, siempre que la sanción fuese previa a la sanción del acuerdo y el pago del 2% restante sea efectuado antes del 31 de diciembre de 2024. 

2.Beneficio tributario para aquellos contribuyentes del Impuesto Predial Unificado que se encuentren en mora por las vigencias 2023 y anteriores del 80% cuando el pago sea realizado previo al 31 de octubre de 2024 y del 60% si el pago se realiza antes del 31 de diciembre del presente año. 

3.Reducción sobre el total de los intereses y sanciones causados a aquellos contribuyentes del Impuesto de Industria y Comercio cuando sean diferentes a las ya mencionadas. Si el pago es efectuado antes del 31 de octubre del 2024 de los corrientes la reducción será del 80%; mientras que, si el pago es realizado antes del 31 de diciembre del 2024, la reducción será equivalente al 60%. 

Se debe tener en cuenta que estos beneficios, también serán aplicables a los contribuyentes que hubieren suscrito acuerdo de pago vigente cuando paguen la totalidad de las vigencias contenidas en dicho acuerdo. 

Adicionalmente, el Concejo determinó que aquellos contribuyentes de Impuesto de Industria y Comercio, que demuestren haber finalizado sus actividades industriales, comerciales y de servicio, que cancelarán su matrícula ante cámara de comercio, podrán pagar sus obligaciones sustanciales y formales hasta la fecha en que fue cancelada la matricula y realizar la cancelación de registro de información tributario en las instalaciones de la Alcaldía Municipal de Sincelejo. Para lo anterior fue facultada la autoridad tributaria del ente territorial. ​​​

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