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2024-11-08

La Alcaldía de Santiago de Cali expidió Resolución estableciendo los sujetos obligados, contenido, plazos y especificaciones técnicas de información tributaria a presentar en medios magnéticos para el año 2025.

En la presente resolución se establece entre otros aspectos que las personas  naturales o jurídicas, entidades financieras, entidades del Estado, nacionales o territoriales, sociedades de hecho, consorcios, uniones temporales y propiedades horizontales, contribuyentes del Impuesto de Industria y Comercio que a 31 de diciembre del año en curso obtengan ingresos brutos ordinarios, iguales o superiores a 3.500 UVT(2024) deberán suministrar cierta información correspondiente de quienes recibieron ingresos o abonos en cuenta por un valor anual o acumulado igual o superior a 300 UVT (2025), por concepto de venta de bienes y/o servicios en dicha jurisdicción.  

También la normativa indica la información que deben suministrar proveniente de proveedores, ingresos percibidos para terceros por la venta de bienes y servicios, según las condiciones establecidas en dicho texto, así ​como información relacionada de ingresos obtenidos fuera de Santiago de Cali. 

Así mismo, contiene el texto normativo lo referente a la información a suministrar con respecto a retenciones en la fuente practicadas y recibidas por parte de las entidades ya mencionadas e incluye a los fondos de pensiones y carteras colectivas entre otros. 

Por otro lado, indica la información que debe suministrarse con relación a retención de tarjetas débito y crédito, que practican retención a título de Impuesto de Industria y Comercio. ​

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