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2025-04-02

Según la DIAN, las Casas Modulares son Bienes Muebles, y en consecuencia, se encuentran gravadas con IVA.

La DIAN emitió concepto sobre la clasificación de las casas modulares ensambladas en talleres y destinadas a uso habitacional. Según la Entidad, estas casas se consideran bienes muebles para efectos del Impuesto sobre las Ventas (IVA), y su venta estará gravada con este impuesto. 

En el documento, la DIAN explica que las casas modulares, construidas en talleres y transportadas al lugar de instalación, cumplen con la definición de bienes muebles, según el artículo 655 del Código Civil, ya que pueden ser transportadas de un lugar a otro. Aunque estas casas adquieren la calidad de bienes inmuebles por adherencia una vez ensambladas y adheridas al suelo, antes de su instalación se consideran bienes muebles. 

La doctrina también señala que, si las casas modulares fueran consideradas bienes inmuebles desde su fabricación, su transmisión requeriría escritura pública e inscripción en la Oficina de Instrumentos Públicos.  

Sin embargo, las transacciones relacionadas con casas modulares suelen formalizarse mediante documento privado, lo que respalda su naturaleza de bien mueble. 

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