Home
2025-05-06

Mediante exención al IVA, proyecto de Ley busca facilitar el acceso a productos de protección femenina.

Se encuentra pendiente discutir la ponencia para primer debate en el Senado del proyecto de Ley “Por medio de la cual se desarrollan los derechos menstruales” el cual busca, entre otros, establecer una modificación al Art. 477​ del E.T. en el que se incluirían los productos especificados en la partida 96.19, que son: 

Artículo 477. Bienes que se encuentran exentos del impuesto. Están exentos del impuesto sobre las ventas, con derecho a compensación y devolución, los siguientes bienes: (…)  

96.19 

Compresas, toallas higiénicas desechables, ecológicas, de tela y/o artesanales, almohadillas reutilizables, tampones, protectores diarios, copas menstruales, ropa interior absorbente, las compresas reutilizables, discos menstruales, esponjas marinas para la gestión menstrual, así como otros insumos de gestión menstrual similares.” 

El proyecto de exención de estos productos del Impuesto sobre la Ventas – IVA, tiene por objeto facilitar el acceso de estos productos, incentivar su oferta y reconocer los derechos menstruales de las niñas, mujeres y personas menstruantes. 

Comparte esta publicación en tus redes sociales

También te puede interesar Ver más noticias
2025-08-28 Interesante doctrina de la DIAN definió reglas para el impuesto de timbre en contratos de comisión y compraventa en la Bolsa Mercantil de Colombia
2025-09-11 Interpretación y aplicación del IVA y reconocimiento fiscal en servicios de tracto sucesivo según la DIAN
2025-09-11 La DIAN aclaró el tratamiento del IVA en retiros de inventario por materiales de construcción en VIS y VIP