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2025-06-20

La Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá expidió resolución en la cual se establecen los nuevos requerimientos de información exógena que deberán reportar personas naturales, jurídicas, consorcios, uniones temporales y otras entidades por el año 2024

Esta resolución busca fortalecer el control fiscal, asegurar una fiscalización más precisa de los ingresos, exenciones y operaciones económicas realizadas en la capital del país. 

Entre los obligados están: 

  • Contribuyentes del impuesto de Industria y Comercio (ICA) que hayan tenido ingresos brutos superiores a 3.500 UVT. 

  • Entidades que realizaron compras o ventas de bienes y servicios en Bogotá. 

  • Agentes de retención por tarjetas débito/crédito. 

  • Entidades financieras, fiduciarias, inmobiliarias y operadores móviles. 

  • Personas y entidades que recibieron ingresos por cuenta de terceros. 

Entre la información solicitada se encuentra la de los Ingresos por actividades no sujetas o exentas, Compras y ventas con identificación de proveedores o clientes, Detalles de cuentas bancarias, inversiones, fideicomisos y líneas telefónicas activas e Ingresos obtenidos fuera de Bogotá, por exportaciones o ventas a comercializadoras internacionales. 

Así mismo establece la normativa, que la entrega de información deberá realizarse entre el 1 y el 12 de septiembre de 2025, dependiendo del último dígito del NIT o cédula del obligado. El envío se hará únicamente a través del portal web oficial de la Secretaría de Hacienda: www.haciendabogota.gov.co 

Con respecto a las sanciones, se indica que quienes no cumplan, lo hagan fuera de plazo o entreguen información errónea se exponen a las sanciones establecidas en el Acuerdo 756 de 2019 y el artículo 651​ del Estatuto Tributario, bajo los principios de aplicación favorable. La Administración Distrital insiste en que esta medida no es opcional, y la omisión puede conllevar cuantiosas sanciones económicas. 

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