Fue radicado ante el Congreso un proyecto de Ley Estatutaria que busca reglamentar la gestación por sustitución en Colombia cuando persiga fines altruistas de modo que se garanticen tanto los derechos de la mujer, como los del nasciturus prohibiendo que esta situación tenga fines de lucro.
En ese sentido, el proyecto prevé la creación de un impuesto el cual contaría con los siguientes elementos:
Hecho generador: la suscripción del contrato para realizar el proceso de fertilización in vitro.
Sujeto activo: será la Nación a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Sujeto pasivo: aquel que suscriba el contrato para realizar el procedimiento de fertilización in vitro.
Base gravable: será el valor pactado en el contrato por concepto de manutención e indemnización para realizar el procedimiento.
Tarifa: 10% que deberá ser liquidado por la clínica de fertilidad o entidad que se encargue del procedimiento médico de fertilización de manera mensual a través de un formulario que deberá elaborar la DIAN si el proyecto es sancionado como ley de la república.