En esta oportunidad, se solicitó a la DIAN aclarar la información que deben entregar las entidades sobre sus socios, en virtud de la Resolución de la DIAN que establece el grupo de obligados a suministrar información tributaria, dado que en la herramienta prevalidador se indica que la información se refiere al valor nominal de las acciones, mientras que en la norma mencionada se refiere al valor de la acción.
Así, la autoridad tributaria recordó que el prevalidador es una herramienta construida en Excel para la estructuración de archivos que cumplan con los requerimientos técnicos dispuestos en los formatos.
Adicionalmente, aclaró que, de acuerdo con la resolución mencionada, se debe entregar la siguiente información:
(i) Información correspondiente a los socios o accionistas que posean acciones o aportes, así como el valor nominal de la acción y el valor pagado por prima en colocación por acciones o cuotas poseídas a 31 de diciembre del año a reportar.
(ii) La información detallada de las enajenaciones a título oneroso o gratuito efectuadas por sus socios, accionistas, comuneros, asociados, suscriptores y similares durante el año gravable, que no fueron efectuadas en bolsas de valores.
De esta manera, se concluyó que la información que debe entregar el sujeto obligado es la correspondiente al valor nominal de la acción o acciones que posea al 31 de diciembre del año a reportar.