2025-09-26
Los contribuyentes del Régimen Simple (RST) no pueden realizar aporte voluntario, pues este solo aplica para quienes presentan declaración de renta y complementarios
La DIAN emitió concepto que aclara aspectos clave sobre el aporte voluntario contemplado en el Estatuto Tributario y explicó porque este no es aplicable a aquellos contribuyentes inscritos en el Régimen Simple de Tributación (RST) .
Para empezar, traemos un aparte del texto de la normativa que estableció este aporte (adicionado por la reforma tributaria del año 2022):
“Establézcase un aporte voluntario en la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios. Los contribuyentes podrán realizar de manera libre un aporte voluntario, que se podrá liquidar como porcentaje del impuesto a pagar o como un valor en pesos”.
Cabe mencionar que los recursos del aporte voluntario se destinan exclusivamente a programas sociales: reducción de pobreza extrema, atención a personas con discapacidad física (y sus cuidadores), mejoras en calidad de vida de adultos mayores, población socioeconómica vulnerable, personas con discapacidad visual absoluta o parálisis que afecte tres o más extremidades, y movilidad reducida.
Teniendo en cuenta la normativa transcrita, y las inquietudes planteadas a la DIAN sobre la realización de este aporte por parte de los contribuyentes del (RST) la entidad precisó:
Los contribuyentes podrán realizar un aporte voluntario en la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios.
Este aporte se puede liquidar como un porcentaje del impuesto a pagar o como un valor en pesos.
El Régimen Simple de Tributación (RST) sustituye el impuesto sobre la renta y, por ende, sus contribuyentes no presentan la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios.
El mecanismo previsto para el aporte dispone que su liquidación y recaudo se deben tramitar al momento de presentación de la declaración y pago del impuesto sobre la renta y complementarios.
El formulario 260 (declaración anual consolidada para los sujetos pasivos del RST) no dispone de ningún espacio para aplicar el mencionado aporte.
Limitaciones y efectos fiscales de este aporte:
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