Home
2016-04-13

​En criterio de la Corte Constitucional, el Congreso no vulnera el derecho de las entidades territoriales de administrar sus recursos al fijar mediante Ley el mecanismo para cubrir los costos generados por la prestación del servicio de alumbrado público.

​En criterio de la Corte Constitucional, el Congreso no vulnera el derecho de las entidades territoriales de administrar sus recursos al fijar mediante Ley  el mecanismo para cubrir los costos generados por la prestación del servicio de alumbrado público.​

Comparte esta publicación en tus redes sociales

También te puede interesar Ver más noticias
2026-08-06 El Consejo de Estado ratifica el alto estándar probatorio para deducir cartera castigada
2026-08-06 La DIAN revive una tesis inusual: una sociedad extranjera sin presencia en Colombia puede actuar como agente de retención en la compra de inmuebles
2026-08-06 Consejo de Estado aclara que las obligaciones tributarias en litigio no pueden acceder a la reducción transitoria de sanciones