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2025-11-06

Nueva Resolución DIAN con obligaciones y formatos en reporte de información Tributaria

Recordemos que, en septiembre de este año, la DIAN expidió una resolución en la que se compilan las disposiciones existentes en materia tributaria, con el propósito de facilitar su interpretación, aplicación y consulta. Aquí puedes consultar nuestra noticia de última hora sobre dicha resolución. 

En virtud de lo establecido en el Estatuto Tributario​, que otorga al director general de la DIAN la potestad de señalar las especificaciones de la información con relevancia tributaria, el pasado 30 de octubre de 2025 la entidad publicó la Resolución 233 de 2025. Esta norma modifica y adiciona parcialmente la Resolución Única en materia tributaria, aduanera y cambiaria, introduciendo ajustes relacionados con el reporte de información tributaria. 

Entre los principales cambios anunciados por la autoridad tributaria se destacan: 

  1. Ampliación de sujetos obligados. La normativa incorpora nuevos obligados a reportar información exógena en 2025. Entre ellos se encuentran los proveedores de servicios de activos digitales domiciliados en Colombia o con operaciones en el país, quienes deberán reportar de manera individualizada la información de las operaciones realizadas por sus usuarios que impliquen la conversión de moneda de curso legal a activos digitales, o de activos digitales a moneda de curso legal, cuando dichas operaciones sean iguales o superiores a 1.400 UVT. Asimismo, se incluyen la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) y la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia (APC), en lo relacionado con las certificaciones de calificaciones o similares que constituyen requisito para que los contribuyentes accedan a beneficios tributarios previstos en la ley. 

  1. Formatos, anexos y tecnología de reporte. Se introducen modificaciones en los formatos de reporte: algunos se ajustan, otros se eliminan y se crean nuevos, aplicables al reporte de información exógena del año gravable 2025. ​

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