La norma precisa que quienes obtuvieron ingresos brutos superiores a 68.015 UVT en 2024 deberán entregar los datos por vía electrónica, discriminando retenciones practicadas y recibidas, ingresos externos al Distrito y movimientos de cuentas, con entrega escalonada según el último dígito del NIT entre el 4 y el 15 de mayo de 2026.
El incumplimiento conllevará sanciones según el artículo 309 del Estatuto Tributario Distrital.