Home
2025-11-14

La Alcaldía Distrital de Barranquilla, publicó la Resolución que establece los plazos, formatos y características de la información exógena que deben presentar las personas naturales o jurídicas declarantes, contribuyentes o agentes retenedores de ICA

La norma precisa que quienes obtuvieron ingresos brutos superiores a 68.015 UVT en 2024 deberán entregar los datos por vía electrónica, discriminando retenciones practicadas y recibidas, ingresos externos al Distrito y movimientos de cuentas, con entrega escalonada según el último dígito del NIT entre el 4 y el 15 de mayo de 2026. 

El incumplimiento conllevará sanciones según el artículo 309 del Estatuto Tributario Distrital. ​


Comparte esta publicación en tus redes sociales

También te puede interesar Ver más noticias
2026-04-16 El Consejo de Estado confirmó la negativa de suspensión provisional sobre tarifa de ICA para el sector financiero en Barranquilla
2026-04-09 El Tribunal de Caldas invalidó el incremento del ICA al sector financiero y dejo sin efectos los alivios tributarios en Manizales
2026-03-31 Ley de ciudades capitales y autonomía tributaria: entre la unificación constitucional y el choque de jurisdicciones