En esta oportunidad, la DIAN analizó si sigue aplicando la deducción del 200% sobre los salarios y prestaciones
sociales pagados a trabajadores en situación de discapacidad, teniendo en cuenta que la contratación de estas
personas dejó de ser voluntaria y pasó a ser obligatoria en virtud de la Ley 2466 de 2025.
La entidad concluyó que el beneficio tributario continúa vigente, porque su aplicación depende únicamente de un
hecho objetivo: que exista un vínculo laboral con una persona en situación de discapacidad. Por lo tanto, el
incentivo se mantiene sin importar si la contratación es voluntaria o si ahora es obligatoria según la nueva ley.
En consecuencia, explicó que cumplir con la cuota obligatoria de contratación de personas con discapacidad,
verificada por el Ministerio del Trabajo, no basta para que los pagos a esos trabajadores sean deducibles en renta.
Aunque una empresa demuestre ante el Ministerio que cumple la obligación laboral, ante la DIAN debe probar que
realmente pagó los salarios, realizó los aportes parafiscales y de seguridad social, y cuenta con la documentación
válida y oportuna que respalde la deducción.