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2026-03-27

La DIAN publicó una Resolución que prescribe el formulario 425 “Declaración del Impuesto al Patrimonio para Personas Jurídicas”

La medida desarrolló lo previsto en el Decreto Legislativo 0173 de 2026, expedido en el marco del estado de emergencia económica, social y ecológica declarado por el Gobierno nacional.  

Este norma incorporó el "Artículo 1.2.2.39", que establece formalmente el uso del formulario 425 “Declaración del Impuesto al Patrimonio para Personas Jurídicas”, el cual deberá presentarse de manera electrónica, a través de los servicios informáticos de la DIAN y con firma electrónica autorizada. El formulario estará disponible en la página web de la entidad y hace parte integral de la resolución proyectada.  

De acuerdo con la normativa, estarán obligadas a declarar el impuesto al patrimonio en 2026 las personas jurídicas y las sucursales contribuyentes del impuesto sobre la renta que posean, al 1.º de marzo de 2026, un patrimonio líquido igual o superior a 200.000 UVT, aplicando tarifas del 0,5 % o del 1,6 %, según la actividad económica.  

En todo caso, la Resolución contiene las instrucciones para el diligenciamiento de la declaración la cual contiene quienes son los sujetos pasivos, el hecho generador, base gravable, tarifas y exclusiones y una sección para impuesto al patrimonio y sección liquidación privada.

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