Home
2026-04-24

Esta es la fecha desde la cual no se debía cobrar IVA del 19% sino del 5% para licores

Como se sabe, recientemente la Corte Constitucional declaró la inexequibilidad del estado de excepción de diciembre y la inconstitucionalidad por consecuencia de los decretos legislativos expedidos en desarrollo de dicha emergencia. Previo a dicha decisión definitiva, la Corte había suspendido el Legislativo 1474 de 2025 y con ello el incremento del IVA de licores del 5% al 19%.  

Pues bien, en esta oportunidad se consultó a la DIAN si como consecuencia de la suspensión provisional del Decreto Legislati​vo 1474 de 2025​, la tarifa del impuesto sobre las ventas (IVA) aplicable a los licores, vinos, aperitivos y similares correspondía al 5%, de conformidad con lo dispuesto en el Estatuto Tributario​ 

La entidad precisó que, tras la suspensión provisional de dicho decreto por parte de la Corte Constitucional, las disposiciones excepcionales dejaron de producir efectos j​​urídicos desde el 29 de enero de 2026, lo que implicó la reactivación automática de la tarifa del 5% prevista en la legislación ordinaria.  

A pesar de que la DIAN indicó que entre el 1 y el 28 de enero de 2026 si se debía cobrar la tarifa del 19%, esta posición ya no es válida, pues tras la declaratoria de inexequibilidad la Corte Constitucional ordenó la devolución de estos impuestos, tal y como lo explicamos en la edición​ del pasado 17 de abril del 2026. 


Comparte esta publicación en tus redes sociales

También te puede interesar Ver más noticias
2026-04-24 Retenciones en exceso a no residentes y CDI: ¿es el Procedimiento de Mutuo Acuerdo realmente efectivo en Colombia?
2026-04-24 Consejo de Estado delimitó el alcance del IVA en el servicio público de transporte terrestre especial y el tratamiento de ingresos recibidos para terceros
2026-04-17 Más allá de la vigilancia: Repensando el tratamiento del IVA y el AIU en servicios de seguridad