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2026-04-30

Gobierno nacional expidió proyecto de decreto ajustando el régimen arancelario aplicable a las importaciones provenientes de Ecuador

La norma se sustenta en las facultades constitucionales del Ejecutivo para regular el comercio exterior y en el principio de reciprocidad, tras evidenciarse que Ecuador impuso gravámenes progresivos de hasta el 100% a las importaciones de origen colombiano, en contravía de compromisos internacionales asumidos en el marco de la Comunidad Andina (CAN) y la OMC.   

Desde una perspectiva jurídica, el Gobierno analizó la incompatibilidad de dichas medidas con el Programa de Liberación del Acuerdo de Cartagena, al considerar que constituyeron gravámenes y restricciones que afectaron el comercio intracomunitario. En consecuencia, Colombia adoptó una respuesta arancelaria diferenciada, estableciendo tarifas del 35%, 50% y 75% ad valorem sobre múltiples subpartidas de mercancías ecuatorianas, ampliando además el listado de bienes sujetos a estas medidas. La decisión también se justificó en razones de seguridad nacional y en la necesidad de restablecer condiciones de competencia equitativas para la producción nacional.   

El proyecto de decreto tuvo carácter urgente e inmediato, con entrada en vigencia prevista para el 1 de mayo de 2026, y contempló una revisión de las medidas dentro de los dos meses siguientes por parte del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior. Asimismo, el Gobierno argumentó que la reducción del término de publicidad del proyecto normativo obedeció a la necesidad de evitar un mayor deterioro del comercio exterior y contener los efectos económicos adversos derivados de la controversia bilateral, en un contexto de alta sensibilidad para los exportadores colombianos. ​


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