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2026-06-02

Comunicado de Prensa DIAN: los recientes ajustes en el cálculo del impuesto de industria y comercio consolidado no implican un aumento en el valor total del anticipo del RST, sino una redistribución interna de los componentes del impuesto consolidado

La precisión se dio tras el incremento en peticiones, quejas y reclamos de contribuyentes frente al anticipo bimestral. Según la entidad, Bogotá elevó la tarifa respondiendo a una decisión del Distrito y no a un cambio en las tarifas nacionales del ICA del 10 al 30 por mil para actividades clasificadas en el grupo 3 y grupo 3 (factor intelectual predominante) SIC del Régimen Simple de Tributación SIMPLE (RST), que incluyen, entre otras: expendio de comidas y bebidas, transporte y servicios profesionales e intelectuales. Este ajuste no implica un aumento en el valor total del anticipo del RST, sino una redistribución interna de los componentes del impuesto consolidado.  

Finalmente, la entidad indicó que, tras la notificación oficial del Distrito, se realizaron los ajustes necesarios en sus sistemas informáticos para reflejar la nueva parametrización.​​

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