En esta ocasión, la DIAN anunció a través de Comunicado de Prensa del pasado 16 de junio del 2026, el fortalecimiento de sus acciones de control sobre el Impuesto Nacional al Consumo (INC) en la importación de vehículos, con el propósito de reducir riesgos de evasión e inexactitud y asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
La medida se enfoca en los vehículos clasificados en la subpartida arancelaria 87.03, de acuerdo con lo previsto en los artículos 512–1, 512–3, 512–4 y 512–5 del Estatuto Tributario, que regulan el Impuesto Nacional al Consumo aplicable a determinados vehículos automotores, establecen los bienes gravados, la base gravable y las tarifas que deben aplicarse en su venta o importación por el consumidor final.
El plan de control tendrá un enfoque técnico y se deberán cumplir tres elementos clave en estas operaciones: la correcta determinación del impuesto, la adecuada conformación de la base gravable y la aplicación correcta de las tarifas y exclusiones previstas en la normativa vigente.
La decisión se sustenta en análisis realizados por la entidad tributaria mediante el cruce de diversas fuentes de información y el uso de herramientas analíticas, que permitieron identificar contribuyentes con posibles inconsistencias en la liquidación y pago del impuesto en operaciones de importación y comercialización de vehículos. A partir de estos hallazgos, la entidad ha adelantado procesos de verificación y fiscalización en ciudades como Bogotá, Medellín, Barranquilla, Cali, Armenia, Santa Marta y Cartagena.
Con estas acciones, la DIAN busca proteger los recursos públicos, fortalecer la transparencia en las operaciones de comercio exterior y promover condiciones de legalidad y equidad en el sector.