La DIAN anunció ajustes en el calendario de vencimientos tributarios de julio como consecuencia de la expedición de la Ley 2578 de 2026, mediante la cual se incorporó un nuevo día festivo al calendario oficial del país. La entidad informó que esta modificación lo que busca es adecuar los plazos inicialmente previstos para el cumplimiento de diversas obligaciones tributarias.
De acuerdo con la autoridad tributaria, los nuevos vencimientos aplican para obligaciones relacionadas con el impuesto nacional al consumo, la segunda cuota del impuesto sobre la renta de personas jurídicas, la presentación y pago del anticipo del Régimen Simple de Tributación (SIMPLE), el IVA bimestral y la retención en la fuente. En consecuencia, los contribuyentes deberán atender estas obligaciones entre el 9 y el 24 de julio de 2026, de acuerdo con el último dígito de su NIT.
A continuación, se presenta la tabla con las nuevas fechas de vencimiento:
Finalmente, la DIAN recordó que los responsables de los impuestos a las bebidas azucaradas, alimentos ultraprocesados, gasolina y ACPM, carbono, así como los prestadores de servicios desde el exterior y las personas o entidades con presencia económica significativa (PES), deberán cumplir sus obligaciones a más tardar el 15 de julio de 2026, sin importar el último dígito del NIT.