La Resolución amplía el universo de información que podrá ser requerida por la Administración Tributaria Distrital e incluye reportes relacionados con compras, ventas, retenciones de ICA, ingresos obtenidos fuera de Bogotá, exportaciones, arrendamientos, operaciones fiduciarias, cuentas financieras, influencers, modelos webcam, plataformas de transporte y grandes contribuyentes, entre otros.
La información deberá presentarse electrónicamente atendiendo el último dígito del número de identificación del obligado, entre el 13 y el 26 de octubre de 2026. La Administración recordó que el incumplimiento, la entrega extemporánea o el reporte con errores podrá dar lugar a las sanciones previstas en la normativa distrital y en el artículo 651 del Estatuto Tributario.
Estos son los plazos para presentar la información:
| Último dígito | Fecha límite |
0
| 13 de octubre de 2026
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| 1 | 14 de octubre de 2026
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| 2 | 15 de octubre de 2026 |
| 3 | 16 de octubre de 2026 |
| 4 | 19 de octubre de 2026 |
| 5 | 20 de octubre de 2026 |
| 6 | 21 de octubre de 2026 |
| 7 | 22 de octubre de 2026
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| 8 | 23 de octubre de 2026 |
| 9 | 26 de octubre de 2026
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