La DIAN publicó un proyecto de resolución mediante el cual propone modificar varias disposiciones de la regulación que desarrolla la cláusula general antiabuso. Los cambios se concentran en aspectos procedimentales relacionados con la identificación de los funcionarios competentes, la participación de los responsables solidarios y subsidiarios y el trámite interno que debe surtirse antes de formular glosas por abuso tributario.
Uno de los ajustes más relevantes consiste en precisar que, si durante una investigación por abuso tributario no se obtienen los vistos buenos exigidos para continuar con la recaracterización o reconfiguración de operaciones, la administración podrá seguir adelante con el proceso de fiscalización respecto de otras glosas que no dependan de la aplicación de la cláusula antiabuso ni del levantamiento del velo corporativo. Actualmente, la regulación no contempla expresamente esta posibilidad.
La propuesta también fortalece la participación de los responsables solidarios y subsidiarios dentro del procedimiento. En particular, establece de forma expresa que estas personas podrán ser vinculadas al emplazamiento especial por abuso y contarán con la misma oportunidad para presentar objeciones, aportar o solicitar pruebas y ejercer su derecho de defensa respecto de la responsabilidad que se les atribuya.
En materia organizacional, el proyecto actualiza las reglas de competencia para adecuarlas a la estructura vigente de la entidad, identificando expresamente los funcionarios facultados para emitir el emplazamiento especial por abuso tributario y participar en la etapa de autorizaciones internas requeridas para continuar el procedimiento.
Asimismo, la DIAN propone eliminar las definiciones de evasión y elusión incorporadas en la Resolución 227 de 2025. Según la entidad, estas definiciones no resultan necesarias porque los criterios para determinar cuándo existe una operación artificiosa o carente de propósito económico o comercial ya se encuentran previstos directamente en la ley, y su permanencia podría generar confusiones interpretativas o restringir la aplicación de la cláusula antiabuso.
De igual forma, se elimina la referencia a las “estructuras" contenida en la regulación vigente para alinearla con el lenguaje empleado por la ley, que se refiere únicamente a “operaciones o serie de operaciones". No obstante, la memoria justificativa aclara que las estructuras jurídicas, empresariales o corporativas podrán continuar siendo analizadas por la administración tributaria en la medida en que formen parte de las operaciones objeto de revisión.
Según la memoria justificativa, el propósito de estas modificaciones es simplificar la aplicación de la cláusula general antiabuso, adecuar el procedimiento a la estructura administrativa actual de la DIAN y otorgar mayor claridad sobre el alcance de las competencias de los funcionarios encargados de adelantar estas actuaciones. Aunque el proyecto no modifica los criterios legales para determinar la existencia de abuso tributario, sí introduce cambios relevantes en la forma en que la administración desarrolla este tipo de investigaciones y en las garantías procesales de los sujetos involucrados.