Artículo 363. [Creado por el Art. 5 de la L. 84 de 1988] Funciones del Comité. Son funciones del Comité previsto en el artículo anterior, las siguientes:
a) Calificar las importaciones de bienes a que se refiere el artículo 480 para efecto de la exención del impuesto sobre las ventas a dichas importaciones.
b) [Derogado por el Art. 154 de la L. 488 de 1998]
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