Artículo 601. [Creado por el Inc. 1 de los Art. 7 y 8 del D.E. 2503 de 1987] Quiénes deben presentar declaración de impuesto sobre las ventas. [Modificado por el Art. 62 de la L. 1607 de 2012] Deberán presentar declaración y pago del impuesto sobre las ventas, según lo dispuesto en el artículo 600 de este Estatuto, los responsables de este impuesto, incluidos los exportadores.
No están obligados a presentar declaración de impuesto sobre las ventas, los contribuyentes que pertenezcan al Régimen Simplificado (1).
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