Esta entidad, indicó que a partir del 1 de Septiembre cambiará la forma en que el contribuyente tendrá que declarar y pagar los Impuestos de Industria y Comercio Avisos y Tableros, Retención de Industria y Comercio y Sobretasa a la Gasolina.
Con base en esto, mediante instructivo señaló en primera medida los pasos para el registro en la Oficina Virtual Hacienda Bogotá.
Luego del registro, estableció el proceso para la generación de declaraciones y el pago del impuesto a que dé lugar.
Por otra parte, resaltó que en el caso del Impuesto de Industria y Comercio (y la declaración de su retención), avisos y tableros; y sobretasa a la gasolina, la obligación de pago del impuesto y/o de la retención en la fuente puede hacerse por medios virtuales o presenciales.
Para finalizar, mencionó que en caso de ser una sociedad recién constituida y no estar registrada en el RIT, tendrá que cumplir con esa obligación en los puestos habilitados para ello.
(Ver texto original de la Resolución 1381 de 2018 aquí)