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2025-08-27

DIAN aclaró el alcance de las sanciones al representante legal de sociedades utilizadas como instrumento de evasión tributaria:

Estos pueden ser sancionados, aun cuando no tengan la calidad de responsables de IVA

La Entidad resolvió dudas en torno a la aplicación del artículo del Estatuto Tributario, que regula la sanción por omitir ingresos o servir de instrumento para la evasión fiscal. 

En primer lugar, la entidad aclaró que para imponer la sanción al representante legal de una sociedad que sirvió como vehículo de evasión tributaria, no se exige que dicho representante ostente la calidad de responsable del impuesto sobre las ventas (IVA), teniendo en cuenta las tres conductas sancionables descritas en el citado artículo, a saber: i) realización de operaciones ficticias; ii) omisión de ingresos; y iii) representación de sociedades que sirvan como instrumentos de evasión. 

Según la doctrina, la condición de responsable de IVA recae sobre la sociedad que incurre en la irregularidad, y no sobre su representante. Sin embargo, la norma tiene como fin el sancionar no solo a los contribuyentes que realicen operaciones ficticias o que omitan ingresos, sino también persigue a aquellos representantes legales de sociedades que sirvan como instrumento de evasión tributaria, por lo tanto, para la procedencia de esta sanción, no se requiere que el representante legal de una sociedad que sirvió como instrumento de evasión tributaria, sea responsable del IVA en el entendido que la norma no tendría ningún propósito. 

Esta interpretación es fundamentada en el principio del “efecto útil de las normas”, que indica que la interpretación prevalente de una norma es aquella que en la que todo su contenido produzca efectos jurídicos, sobre aquellas que no produzcan consecuencias jurídicas o produciéndolas, estas sean superfluas o innecesarias. 

En segundo término, la DIAN definió que el término de prescripción de dos años para ejercer la facultad sancionatoria, contemplado en el Estatuto Tributario​ debe contarse a partir de la declaración de renta o de ingresos y patrimonio presentada por la sociedad que actuó como instrumento de evasión. Esto aplica cuando la sanción al representante legal se impone mediante resolución independiente, en concordancia con la jurisprudencia unificada del Consejo de Estado​. 

Ver aq​u​í el Concepto DIAN 936 de 2025.​

¡Contáctan​os!​

Alba Lucía Gómez                             
Socia 
alba.gomez@pwc.com                         


Omar Sebastián Cabrera                                                 
Gerente              
omar.x.cabrera@pwc.com​​​​

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