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2024-08-06

La Gobernación del Atlántico sancionó y promulgó el pasado 26 de junio, la Ordenanza en virtud del cual se adoptó la tasa Pro-Deporte y Recreación.

La Asamblea Departamental del Atlántico, ordenó la adopción de la Tasa Pro-Deporte y Recreación con el fin de destinar los recursos a fomentar y estimular el deporte y la recreación de acuerdo a los planes, proyectos y políticas de carácter nacional o territorial.

Los elementos de esta tasa son:

SUJETO ACTIVO: Departamento de Atlántico.

SUJETO PASIVO: Toda persona natural o jurídica que suscriba convenios con la administración central del departamento, establecimientos públicos, empresas industriales y comerciales del Estado. Empresas sociales del Estado, entidades descentralizadas entre otras.

HECHO GENERADOR: Suscripción de convenios o contratos que realicen la Administración central del Departamento y los establecimientos Públicos, las empresas Industriales y Comerciales del Estado, las empresas Sociales del Estado y lazos entidades descentralizadas indirectas, del nivel departamental y las de economía mixta en las que el departamento posea capital social o accionario superior al 50% y entidades descentralizados indirectas con personas naturales o jurídicas. 

BASE GRAVABLE: Es el valor total de la cuenta determinada en el comprobante de egreso que se autorice para la persona natural o jurídica o el valor del contrato.

EXENTOS: Los convenios de condiciones uniformes de los servicios públicos domiciliarios suscritos con personas naturales, educativos y de refinanciamiento o deuda pública.

TARIFA: Será del 1% del valor del contrato determinado en el comprobante de egreso.​


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